Por Ley Regional Nº 386, el fundo llamado “Quinta Garcés”, fue destinado por el Gobierno para la construcción de una Cárcel Pública en la ciudad de Puno, debido a los informes Técnicos, se determino, que no se podía construir dicha cárcel, porque la topografía del terreno no era adecuada. Por Ley Nº 8698 del poder ejecutivo de fecha 7 de julio de 1938, en el Gobierno del General Oscar R. Benavides, presidente de la república, en su artículo único establece destinar el Fundo denominado “Quinta Garcés” de la ciudad de Puno a la construcción del local de la Granja Taller Escuela para mujeres indígenas del departamento de Puno. Con la finalidad de mejorar las condiciones de vida de las niñas, enseñándoles labores cotidianas, de cultivo y de hogar.
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